derec comer i sesion 3

Upload: lissete-saldana

Post on 10-Oct-2015

23 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • SISTEMATIZACION DE LOS TITULOS VALORES

    Recopilacion

    Mg. Alberto Prez Beltrn ABOGADO - CONSULTOR

    Reglas Generales Aplicables a los Ttulos Valores

  • El Girador

    El Girado o librado

    El Aceptante

    El Tenedor

    El Endosante

    En Endosatario

    Los Garantes

    SUJETOS INTERVINIENTES EN LOS TTULOS

    VALORES

  • EL GIRADOR: Es la persona que emite la letra de

    cambio, gira o expide el documento, redactandola y poniendola en circulacion,

    dando la orden de pago que tendr que ser aceptada por

    el girado.

  • EL GIRADO: Es el que se obliga a pagar la suma de

    dinero al aceptar, mediante su firma, el cumplimiento

    de dicha obligacin. Persona sealada en la LC

    para aceptar y pagarla

  • EL ACEPTANTE: Que es el girado u otra

    persona que ha manifestado su

    voluntad de efectuar el pago ordenado en

    el titulo valor.

  • EL TENEDOR, beneficiario o tomador, persona

    sealada en el TV como la facultada a recibir el pago de la prestacion contenida en este. En suma es el acreedor.

  • ENDOSANTE persona que habiendo sido

    beneficiaria, transfiere el titulo valor a otra

    persona quien se convertir en nuevo

    beneficiario del titulo.

  • ENDOSATARIO persona que,

    habiendo adquirido el titulo valor por

    endoso, se constituye en el nuevo beneficiario.

  • LOS GARANTES.- son aquellas personas que

    aseguran el cumplimiento de la obligacin asumida por el deudor cambiario

    mediante garantias personales o garantias

    reales.

  • AVALISTA.- persona que garantiza el

    cumplimiento de alguna de las personas que

    intervienen en la letra de cambio

  • EN LA DOCTRINA Y EN LA LEY

    DIVERSAS CLASIFICACIONES

  • Todos los institutos jurdicos pueden ser agrupados de

    diferentes maneras, dependiendo de los criterios

    utilizados para su clasificacin, eso tambin ocurre con los

    ttulos valores los mismos que son clasificados por los autores

    de diversos modos y por diferentes razones.

    CLASIFICACIN DE LOS TTULOS

    VALORES

  • CLASIFICACIN DE LOS TTULOS VALORES

    PUENTE Y CALVO

    POR SU CONTENIDO

    POR LA PERSONA DEL

    EMITENTE

    POR LA FORMA DE

    SU CIRCULACION

    POR LA FORMA DE

    SU EMISION

  • EL CREADOR ES SIEMPRE PARTE DIRECTA PORQUE PROMETE PAGAR DIRECTAMENTE L. Pagare. Acciones. (Construya los ejemplos con un certificado de depsito de almacn general, una carta de porte, y un conocimiento de embarque

    A BASE DE PROMESA:

    EL CREADOR ES SIEMPRE PARTE INDIRECTA PORQUE DA UNA ORDEN DE PAGO A UN TERCERO. Cheque, Letra , Libranza.

    A BASE DE ORDEN

  • TTULOS DE ACUERDO A LA CLASE DE DERECHO QUE INCORPORA.

    DE CONTENIDO CREDITICIO, Los derechos incorporados es una suma de dinero ya sea mediante una orden o una promesa. (letra,

    cheque , pagar.)

    CORPORATIVOS DE PARTICIPACIN O PERSONALES, es el derecho al crdito como

    las acciones, confieren el derecho a participar en reuniones de asambleas, deliberaciones

    decisorias, econmicas en caso de liquidacin, (Acciones)

  • TTULOS DE ACUERDO A LA CLASE DE DERECHO QUE INCORPORA.

    DE TRADICIN. O REPRESENTATIVOS de MERCANCIA, confieren a su titular un derecho

    real sobre mercancas, mas el titulo. (certificado de deposito, bono de prenda, carta de porte o

    conocimiento de embarque). contiene los derechos del tenedor de ttulos representativos de mercancas, como disponer de ella y ejercitar accin de regreso por el valor que aparece en el

    ttulo.

  • CLASIFICACIN DE LOS TTULOS VALORES

    Messineo

    A. Por la forma de creacin de los ttulos son singulares o en serie.

    B. Por el sujeto que los crea, los ttulos son pblicos o privados.

    C. Por el objeto del derecho incorporado, los ttulos valores son personales, reales y

    obligacionales.

    D. Por los efectos de la causa en la vida de los ttulos, estos pueden agruparse en causales y

    abstractos.

    E. Por su forma de circulacin, los ttulos valores se dividen en nominativos, a la orden y

    al portador.

  • 18

    TITULOS AL PORTADOR., se expiden a persona indeterminada, pero determinable, se negocian con la mera entrega de los mismos

    art. 688

    TTULOS A LA ORDEN : se expiden a favor de una persona determinada y negociables mediante el endoso y la entrega de los

    mismos. (cheque y letra de cambio.)

    TTULOS NOMINATIVOS: se expiden a favor de una persona determinada y se negocian con endoso, entrega y la inscripcin de

    un registro especial que lleva el creador del mismo. La medida cautelar en estos ttulos se perfecciona cuando la entidad creadora

    recibe la comunicacin correspondiente.

    TTULOS DE ACUERDO A LA LEY DE CIRCULACIN

  • TTULOS DE ACUERDO A LA FORMA DE CREACIN:

    TTULOS SINGULARES: tienen

    caractersticas individuales que difieren de otros, ejemplo giro un

    cheque para comprar una nevera.

    TTULOS SERIALES: Son los que ofrecen

    caractersticas genricas que no se pueden diferenciar unos de otras como

    es el caso de acciones o de bonos hechos por una sociedad

  • PUBLICOS Los expedidos por entidades oficiales. Bonos de guerra. PRIVADOS Los expedidos por los particulares, para transacciones particulares.

    TITULOS VALORES DE ACUERDO A LAS PERSONAS QUE LOS

    CREAN

    TTULOS ABSTRACTOS. La abstraccin implica que contra el 3ero no prosperan excepciones personales, porque se desvinculan por completo de la causa que le dio origen al titulo , es decir del negocio jurdico o la relacin subyacente TTULOS CAUSALES O CONCRETOS: son aquellos que no se pueden desvincular de la causa que les dio origen como es el caso de las acciones, pues si la sociedad desaparece pasa igual con las acciones.

    TTULOS VALORES DE

    ACUERDO A LOS EFCTOS DE LA CAUSA EN LA

    VIDA DEL T.V. Y AL PRICIPIO DE ABSTRACCIN.

  • TTULOS DE ACUERDO AL ALCANCE DE SU NEGOCIABILIDAD

    TTULOS RESTRICTIVOS. SI SE LIMITA LA

    NEGOCIABILIDAD

    "NO NEGOCIABLE"

    "NO TRANSFERIBLE POR ENDOSO"

    "SIN MI RESPONSABILIDAD"

    "PGUESE AL PRIMER BENEFICIARIO".

    TTULOS NO RESTRICTIVOS.

    AQUELLOS CUYA NEGOCIABILIDAD

    NO EST LIMITADA

  • CLASIFICACIN DE LOS TTULOS

    VALORES DOCTRINA NACIONAL

    HUNDSKOPF EXEBIO, Oswaldo

    AL PORTADOR.- SE TRANSMITEN CON LA SIMPLE

    ENTREGA

    A LA ORDEN.- SE TRANSMITEN

    MEDIANTE SU ENDOSO

    NOMINATIVOS.- SE TRANSMITEN

    MEDIANTE SU CESION

  • LEY DE TTULOS VALORES LEY 27287

  • LEY DE TTULOS VALORES LEY 27287

  • LEY DE TTULOS VALORES LEY 27287

  • Letra de cambio

    Pagar

    Factura conformada

    Cheque

    Certificado bancario de moneda extranjera y nacional

    Certificado de depsito. Y Warrant

    Ttulo de crdito hipotecario negociable

    Conocimiento de embarque y carta de porte

    Valores mobiliarios

    Certificado de suscripcin preferente

    Certificados de participacin en fondos mutuos de inversin en valores y en fondos de inversin

  • SALVADOR MONDRAGON

    . SEGN LA PERSONA DEL EMITENTE: PUBLICOS Y PRIVADOS

    . SEGN EL OBJETO DEL DOCUMENTO: PERSONALES, OBLIGACIONALES Y REALES

    . POR LA FORMA DE EMISION: TITULOS SIGULARES Y EN TITULOS SERIE

    .

    TOMANDO EN CUENTA LA SUSTENTABILIDAD DEL TITULO: TITULOS PRINCIPAPES Y ACCESORIOS

    . POR LA FORMA DE LA CIRCULACION: NOMINATIVOS , A LA ORDEN Y AL PORTADOR

    . POR LA EFICACIO PROCESAL: TITULOS COMPLETOS Y TITULOS DE CREDITO

    .

    POR LOS EFECTOS DE LA CUASA DEL TITULO: TITULOS ABSTRACTOS Y TITULOS CONCRETOS O CAUSALES.

  • PIERO DA GIAU ROOSE - DIDCTICA APLICADA A LA PARTE GENERAL DE LOS TTULOS VALORES EN LA NLTV

    TITULOS VALORES CAUSALES

    TITULOS VALORES ABSTRACTOS

    TITULOS VALORES AL PORTADOR

    TITULOS VALORES A LA ORDEN

    TITULOS VALORES NOMINATIVOS

  • INTERESES EN LOS TITULOS VALORES

    INTERESES COMPENSATORIOS

    SON DEFINIDOS COMO LA

    CONTRAPRESTACION POR EL

    USO DEL DINERO AJENO

    INTERESES MORATORIOS

    SON DEFINIDOS COMO UNA SANCION QUE SE

    ORIGINA ANTE EL INCUMPLIMIENTO O

    CUMPLIMIENTO TARRDIO DE UNA

    OBLIGACION

  • GRACIAS