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Ultimos requisitos indispensables que todo buen contador tiene que tener en conocimiento para llevar a cabo una adeacuada presentacion de registro y control tributario.TRANSCRIPT
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Revista de Asesora EspecializadaAsesor empresAriAl
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CAPTULO III
LIBROS Y REGISTROS CONTABLES
LIBROS YREGISTROS CONTABLES
A LLEVAR PORCONTRIBUYENTES
DEL REGIMENGENERAL DEL
IMPUESTO A LA RENTA
Captulo I
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LIBROS Y REGISTROS CONTABLES A LLEVAR POR CONTRIBUYENTES DEL RGIMEN GENERAL DEL IR 3
CAP.
I
LIBROS Y REGISTROS CONTABLES ALLEVAR POR CONTRIBUYENTES DEL
RGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTA
C A P T U L O
I
1. CUESTIONES PREVIAS
Si bien es cierto, las empresas tienen la necesidad de llevar determinados libros y registros contables a efectos de contar con informacin confiable que les permita tomar decisiones rpidas y adecuadas en beneficio de ellas mismas, las normas tributarias han regulado una serie de libros y registros, cuya obligacin de llevar o no, depender del rgimen tributario en el que se encuentra el contribuyente
As, tratndose de contribuyentes ubicados en el Rgimen General del Impuesto a la Renta, el artculo 65 de la Ley del Impuesto a la Renta, modificado por el Decreto Legislativo N 10861, ha establecido las obligaciones que deben cumplir estos sujetos, respecto de los libros y registros contables. En relacin a ellos, cabe mencionar que mediante Resolucin de Superintendencia N 234-2006/SUNAT, la Administracin Tributaria ha reglado los aspectos formales que se deben observar al llevar estos libros y registros, estableciendo desde los procedimientos a seguir a efectos de su legalizacin, hasta los formatos y la informacin mnima que debe contener cada libro o registro.
En ese sentido, a continuacin, se muestran los libros y registros que dependiendo de la actividad, volumen de ventas, entre otras condiciones, deben llevar los contribuyentes del Rgimen General del Impuesto a la Renta, explicando adems de su definicin, los temas ms relevantes de cada uno de ellos, as como las formalidades a considerar para su correcta elaboracin y presentacin.
1 Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Promocin de la Competitividad, Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea Empresa y del Acceso al Empleo Decente, el cual fue publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 28.06.2008, cuya vigencia opera a partir del 01.10.2008, de acuerdo a lo establecido en su Dcima Disposicin Complementaria y Final.
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C.P.C. FERNANDO EFFIO PEREDA
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CAP.
I
2. LIBROS Y REGISTROS A LLEVAR POR CONTRIBUYENTES DEL RGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTA
Como se ha sealado, los libros y registros contables que deben llevar los contribuyentes del Rgimen General del Impuesto a la Renta han sido establecidos de manera general por el artculo 65 de la ley de dicho impuesto.
De acuerdo a este artculo, los perceptores de rentas de tercera categora (entindase sujetos acogidos al Rgimen General) cuyos ingresos brutos anuales no superen las 150 UIT debern llevar como mnimo un Registro de Ventas, un Registro de Compras y un Libro Diario de Formato Simplificado de acuerdo con las normas sobre la materia. Y precisa que los dems perceptores de rentas de tercera categora estn obligados a llevar contabilidad completa.
En relacin a esta regulacin, muchos especialistas han interpretado que para los contribuyentes del Rgimen General del Impuesto a la Renta existiran dos tipos de contabilidad: la Contabilidad Completa y la Contabilidad Simplificada. A continuacin se explican cada una de ellas:
a) Contabilidad Completa
La contabilidad completa es aplicable a contribuyentes perceptores de rentas de tercera categora (entindase sujetos acogidos al Rgimen General) cuyos ingresos brutos anuales superan las 150 UIT2.
En estos casos, debe tenerse presente que los libros y registros que comprenden la Contabilidad Completa son los siguientes:
Libro Caja y Bancos.
Libro de Inventarios y Balances.
Libro Diario.
Libro Mayor.
Registro de Compras.
Registro de Ventas e Ingresos.
Asimismo, tambin forman parte de la contabilidad completa, los siguientes libros y registros siempre que el deudor tributario se encuentre obligado a llevarlos de acuerdo a las normas de la Ley del Impuesto a la Renta:
2 Para estos efectos, se considerarn los ingresos obtenidos en el ejercicio gravable anterior y la UIT correspondiente al ejercicio en curso. Los perceptores de rentas de tercera categora que inicien actividades generadoras de estas rentas en el transcurso del ejercicio considerarn los ingresos que presuman, obtendrn en el mismo
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LIBROS Y REGISTROS CONTABLES 2010
LIBROS Y REGISTROS CONTABLES A LLEVAR POR CONTRIBUYENTES DEL RGIMEN GENERAL DEL IR 5
CAP.
I
No obstante lo anterior, consideramos que adems de todos estos libros, los contribuyentes acogidos al Rgimen General del Impuesto a la Renta que lleven contabilidad completa, tambin estaran en la obligacin de llevar otros libros y registros, los cuales dependern si realizan o no determinadas actividades. As tenemos:
LIBRO Y/O REGISTRO OBLIGACIN DE LLEVARLO
Libro de Retenciones incisos e) y f) del artculo 34 de la Ley del Impuesto a la Renta
Cuando se paguen rentas consideradas en estos incisos
Registro de Activos Fijos Cuando se posean bienes considerados como tales
Registro de CostosCuando los ingresos brutos del ao anterior hayan superado 1,500 UITs
Registro de Inventario Permanente Valorizado Cuando los ingresos brutos del ao anterior hayan superado 1,500 UITs
Registro de Inventario Permanente en Unidades Fsicas
Cuando los ingresos brutos del ao anterior hayan sido entre 500 y 1,500 UITs
LIBRO Y/O REGISTRO OBLIGACIN DE LLEVARLO
Registro de Consignaciones En tanto realicen este tipo de actividades
Registro de Huspedes Cuando realicen actividades de hospedaje
Registro del Rgimen de PercepcionesCuando hayan sido designados como Agentes de Percepcin por la SUNAT
Registro del Rgimen de RetencionesCuando hayan sido designados como Agentes de Retencin por la SUNAT
Registro IVAP Cuando realicen el pilado del arroz
Registros Auxiliares para el acogimiento a los Regmenes de Devolucin Definitiva y/o Recuperacin Anticipada del IGV
Cuando se acojan a estos beneficios
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CAP.
I
b) Contabilidad Simplificada
La Contabilidad Simplificada est dirigida a contribuyentes perceptores de rentas de tercera categora (entindase sujetos acogidos al Rgimen General) cuyos ingresos brutos anuales no superan las 150 UIT3.
En estos casos, dichos sujetos debern llevar como mnimo:
Un Registro de Ventas,
Un Registro de Compras y
Un Libro Diario de Formato Simplificado.
Sin embargo, y no obstante esta afirmacin, consideramos que estos contribuyentes no slo deberan llevar estos libros, sino que dependiendo de sus actividades, podran estar en la obligacin de llevar alguno o varios de los siguientes libros:
LIBRO Y/O REGISTRO OBLIGACIN DE LLEVARLO
Libro de Retenciones incisos e) y f) del artculo 34 de la Ley del Impuesto a la Renta
Cuando se paguen rentas consideradas en estos incisos
Registro de Activos Fijos Cuando se posean bienes considerados como tales
Registro de Consignaciones En tanto realicen este tipo de actividades
Registro de Huspedes Cuando su actividad sea hospedaje
Registro del Rgimen de PercepcionesCuando hayan sido designados como Agentes de Percepcin por la SUNAT
Registro del Rgimen de RetencionesCuando hayan sido designados como Agentes de Retencin por la SUNAT
Registro IVAP Cuando realicen el pilado del arroz
Registros Auxiliares para el acogimiento a los Regmenes de Devolucin Definitiva y/o Recuperacin Anticipada del IGV
Cuando se acojan a estos beneficios
3 Para estos efectos, se considerarn los ingresos obtenidos en el ejercicio gravable anterior y la UIT correspondiente al ejercicio en curso. Los perceptores de rentas de tercera categora que inicien actividades generadoras de estas rentas en el transcurso del ejercicio considerarn los ingresos que presuman, obtendrn en el mismo.
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CAP.
I
De acuerdo a lo anterior, podramos concluir que los Contribuyentes del Rgimen General del Impuesto a la Renta deberan llevar los siguientes libros y registros, de acuerdo a lo siguiente:
LIBROS A LLEVAR POR CONTRIBUYENTES DEL RGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTA
Perceptores de rentas de ter-cera categora cuyos ingresos brutos anuales no superen las 150 UITs
Debern llevar como mnimo:
Un Registro de Ventas,
un Registro de Compras; y,
Un Libro Diario de Formato Simplifi-cado
Sin embargo, dependiendo de sus actividades, podran estar obligados a llevar:
Libro de Retenciones inciso e) y f) del artculo 34 de la Ley del Impuesto a la Renta
Registro de Activos Fijos
Registro de Consignaciones
Registro de Huspedes
Registro del Rgimen de Percepciones
Registro del Rgimen de Retenciones
Registro IVAP
Dems percep-tores de rentas de tercera cate-gora
Deben llevar conta-bilidad completa:
Libro Caja y Ban-cos
Libro de Inventa-rios y Balances
Libro Diario
Libro Mayor
Registro de Com-pras
Registro de Ventas e Ingresos
Sin embargo, dependiendo de sus actividades, podran estar obligados a llevar:
Libro de Retenciones inciso e) y f) del artculo 34 de la Ley del Impuesto a la Renta
Registro de Activos Fijos
Registro de Costos
Registro de Inventario Permanente en UUFF
Registro de Inventario Permanente Valorizado
Registro de Consignaciones
Registro de Huspedes
Registro del Rgimen de Percepciones
Registro del Rgimen de Retenciones
Registro IVAP
Registros auxiliares para el acogimiento a los Regmenes de Devolucin Definitiva y/o Recuperacin Anticipada del IGV
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CAP.
I
3. LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES
a) Definicin
La doctrina contable define al Libro de Inventarios y Balances como un libro principal y obligatorio de foliacin simple, en el que se registran los activos, pasivos y patrimonio que tiene la empresa. Para efectos mercantiles, este libro es regulado por el artculo 37 del Cdigo de Comercio.
La finalidad de este libro es mostrar la situacin econmica de la empresa. Para ello, consigna al inicio de las operaciones (cualquier mes del ao) el inventario inicial con el que empieza la empresa. Asimismo, al cierre del ejercicio (31 de Diciembre), tambin se consigna el llamado Inventario Final o de Cierre.
En relacin a este libro, cabe tener en consideracin que el mismo es un libro vinculado a asuntos tributarios. As lo indica el Anexo N 1 de la Resolucin de Superintendencia N 234-2006/SUNAT (30.12.2006). En ese sentido, al tener dicha calificacin, deber cumplir con determinadas formalidades, las cuales son tratadas a continuacin.
b) Obligados a llevarlo
El artculo 65 de la Ley del Impuesto a la Renta seala que los perceptores de rentas de tercera categora cuyos ingresos brutos anuales no superen las ciento cincuenta (150) UITs debern llevar como mnimo un (1) Registro de Ventas, un (1) Registro de Compras y un (1) Libro Diario de Formato Simplificado de acuerdo con las normas sobre la materia, en tanto precisa que los dems perceptores de rentas de tercera categora estn obligados a llevar contabilidad completa.
Sobre el particular, debe considerarse que de acuerdo a lo que seala el artculo 12 de la Resolucin de Superintendencia N 234-2006/SUNAT, la Contabilidad Completa comprende entre otros, el Libro de Inventarios y Balances.
En ese sentido, de acuerdo a los prrafos anteriores, podemos afirmar que los contribuyentes del Rgimen General del Impuesto a la Renta, que estn obligados a llevar contabilidad completa, estn obligados a llevar el Libro de Inventarios y Balances, al constituir ste un libro principal.
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LIBROS Y REGISTROS CONTABLES A LLEVAR POR CONTRIBUYENTES DEL RGIMEN GENERAL DEL IR 9
CAP.
I
c) Obligacin de legalizar
El Libro de Inventarios y Balances, al ser un libro vinculado a asuntos tributarios tiene la obligacin de ser legalizado, por un notario o, a falta de stos, por un juez de paz letrado o juez de paz, cuando corresponda, de la provincia en la que se encuentre ubicado el domicilio fiscal del deudor tributario.
En todo caso, tratndose de contribuyentes ubicados en las Provincias de Lima y Callao, la legalizacin podr ser efectuada por los notarios o jueces de cualquiera de dichas provincias.
d) Datos de cabecera
De acuerdo a lo que seala el inciso a) del artculo 6 de la Resolucin de Superintendencia N 234-2006/SUNAT, el Libro de Inventarios y Balances debe contar con los siguientes datos de cabecera:
OBLIGACIN DE LLEVAR LIBROS Y REGISTROS CONTABLES
RENTAS DE TERCERA CATEGORA
RGIMEN GENERAL
Los perceptores de rentas de tercera categora cuyos ingresos brutos anuales no superen las 150 UITs.
Debern llevar como mnimo:
Un Registro de Ventas,
Un Registro de Compras y
Un Libro Diario de Formato Simplificado
Los dems perceptores de rentas de tercera categora
Debern llevar contabilidad completa
RGIMEN ESPECIAL
Personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas jurdicas
Debern llevar:
Registro de Ventas e Ingresos
Registro de Compras
NUEVO RUSPersonas naturales y sucesiones indivisas, as como personas naturales no profesionales.
No estn obligados a llevar libros y registros contables.
Sujetos obligados a llevar elLibro de Inventarios y Balances
DATOS DE CABECERA
Denominacin del libro o registro Libro de Inventarios y Balances
Perodo y/o ejercicio al que corresponde la informacin registrada Inventario de Cierre al 31.12.2009
Nmero de RUC del deudor tributario, Apellidos y Nombres, Denominacin y/o Razn Social de ste
Inversiones San Juan S.R.L.
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CAP.
I
Esta informacin deber indicarse en todos los folios que se utilicen. Sin embargo, tratndose del Libro de Inventarios y Balances llevado en forma manual, ser suficiente con incluir estos datos en el primer folio de cada perodo o ejercicio.
e) Obligacin de firmar el Libro de Inventarios y Balances
Una de las formalidades que se deben observar respecto del Libro de Inventarios y Balances, es que deber ser firmado al cierre de cada perodo o ejercicio gravable, por los responsables de su elaboracin, es decir:
Por el deudor tributario o su representante legal, y
Por el Contador Pblico Colegiado o el Contador Mercantil.
As lo establece el inciso e) del artculo 6 de la Resolucin de Superintendencia N 234-2006/SUNAT.
f) Formatos que integran el Libro de Inventarios y Balances
Como se seal, en el punto a) anterior, la doctrina contable estableca que el Libro de Inventarios y Balances era un libro de foliacin simple.
Sin embargo, mediante la Resolucin de Superintendencia N 234-2006/SUNAT, se ha dado un cambio sustancial respecto de este libro, establecindose que a partir del 01.07.2010, el mismo estar integrado por determinados formatos. En efecto, a partir de la citada fecha, el Libro de Inventarios y Balances que los contribuyentes sujetos al Rgimen General del Impuesto a la Renta por rentas de tercera categora, se encuentran obligados a llevar, estar integrado por los siguientes formatos:
LIBROS Y REGISTROS INFORMACIN A CONSIGNAR
Libro de Inventarios y Balances llevado en
hojas sueltas
En todos los folios se deber consignar:
Denominacin del libro o registro.
Perodo y/o ejercicio al que corresponde la informacin registrada.
Nmero de RUC del deudor tributario, Apellidos y Nombres, Denominacin y/o Razn Social de ste.
Libro de Inventarios y Balances llevado en
forma manual
En el primer folio se deber consignar:
Denominacin del libro o registro.
Perodo y/o ejercicio al que corresponde la informacin registrada.
Nmero de RUC del deudor tributario, Apellidos y Nombres, Denominacin y/o Razn Social de ste
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LIBROS Y REGISTROS CONTABLES A LLEVAR POR CONTRIBUYENTES DEL RGIMEN GENERAL DEL IR 11
CAP.
I
g) Obligacin de llenar los formatos
No obstante la obligacin de llevar cada uno de los formatos sealados anteriormente, es preciso indicar que en los casos en que el deudor tributario no tenga informacin que registrar en alguno de ellos, no ser necesario el llenado de los mismos.
h) Informacin Mnima
La informacin mnima a ser consignada en cada formato ser la siguiente:
FORMATOS QUE INTEGRAN EL LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES
FORMATO DENOMINACIN
Formato 3.1 Libro de Inventarios y Balances - Balance General
Formato 3.2 Libro de Inventarios y Balances - Detalle del Saldo de la Cuenta 10 - Caja y Bancos
Formato 3.3 Libro de Inventarios y Balances - Detalle del Saldo de la Cuenta 12 - Clientes
Formato 3.4Libro de Inventarios y Balances - Detalle del Saldo de la Cuenta 14 - Cuentas por cobrar a accionistas (o socios) y personal
Formato 3.5Libro de Inventarios y Balances - Detalle del Saldo de la Cuenta 16 - Cuentas por cobrar diversas
Formato 3.6Libro de Inventarios y Balances - Detalle del Saldo de la Cuenta 19 - Provisin para cuentas de cobranza dudosa
Formato 3.7Libro de Inventarios y Balances - Detalle del Saldo de la Cuenta 20 - Mercaderas y la Cuenta 21 - Productos Terminados
Formato 3.8 Libro de Inventarios y Balances - detalle del Saldo de la Cuenta 31 - Valores
Formato 3.9 Libro de Inventarios y Balances - Detalle del Saldo de la Cuenta 34 - Intangibles
Formato 3.11Libro de Inventarios y Balances - Detalle del Saldo de la Cuenta 41 - Remuneraciones por Pagar
Formato 3.12 Libro de Inventarios y Balances - Detalle del Saldo de la Cuenta 42 - Proveedores
Formato 3.13Libro de Inventarios y Balances - Detalle del Saldo de la Cuenta 46 - Cuentas por Pagar Diversas
Formato 3.14Libro de Inventarios y Balances - Detalle del Saldo de la Cuenta 47 - Beneficios Sociales de los Trabajadores
Formato 3.15 Libro de Inventarios y Balances - Detalle del Saldo de la Cuenta 49 - Ganancias Diferidas
Formato 3.16 Libro de Inventarios y Balances - Detalle del Saldo de la Cuenta 50 - Capital
Formato 3.17 Libro de Inventarios y Balances - Balance de Comprobacin
Formato 3.18 Libro de Inventarios y Balances - Estado de Flujos de Efectivo
Formato 3.19Libro de Inventarios y Balances - Estado de Cambios en el Patrimonio Neto del 01.01 al 31.12
Formato 3.20Libro de Inventarios y Balances - Estado de Ganancias y Prdidas por Funcin del 01.01 al 31.12
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CAP.
I
FORMATO 3.1: LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - BALANCE GENERAL
En este formato, se deber incluir la informacin contable de las cuentas del Activo, Pasivo y Patrimonio, indicando la denominacin de la cuenta respectiva.
Sin embargo, tratndose de deudores tributarios que sean entidades financieras, Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o realicen operaciones de seguros supervisadas por la SBS, podrn sustituir el FORMATO 3.1 por la Forma A establecida en el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, en el Manual de Contabilidad para las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y en el Plan de Cuentas para Empresas del Sistema Asegurador, aprobados por la SBS, respectivamente.
FORMATO 3.2: LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 10 - CAJA Y BANCOS
En este formato, se deber incluir la composicin del saldo de la Cuenta 10 Caja y Bancos, de acuerdo a la siguiente informacin mnima:
Cdigo de la cuenta contable desagregada al nivel mximo de dgitos utilizado.
Denominacin de la cuenta contable desagregada al mximo nmero de dgitos utilizado.
Entidad Financiera a la que corresponde la cuenta (segn Tabla 3)4.
Nmero de la cuenta.
Tipo de moneda correspondiente a la cuenta (segn Tabla 4).
Saldo contable final deudor, de ser el caso.
Saldo contable final acreedor, de ser el caso.
Totales.
Es importante sealar que este formato no es de uso obligatorio en el caso que el deudor tributario lleve el Libro Caja y Bancos o cuando el Libro Mayor contenga la informacin de dicho libro.
En el caso de deudores tributarios supervisados por la SBS no es aplicable el presente formato.
FORMATO 3.3: LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 12 - CLIENTES
El objetivo del Formato 3.3, es verificar la composicin del saldo de la Cuenta 12 Clientes, al cierre del ejercicio. Para estos efectos, se debe incluir la siguiente informacin:
Tipo de documento de identidad del Cliente (segn Tabla 2).
Nmero del documento de identidad del Cliente.
Apellidos y Nombres, Denominacin o Razn Social del Cliente.
Monto de cada Cuenta por Cobrar del Cliente, siendo posible que la informacin sea resumida en funcin de cada cliente. En ese caso, el deudor tributario deber
4 Las tablas correspondientes, se anexan en la parte final de este Libro.
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LIBROS Y REGISTROS CONTABLES A LLEVAR POR CONTRIBUYENTES DEL RGIMEN GENERAL DEL IR 13
CAP.
I
contar con el detalle de dicha informacin en un reporte auxiliar que podr ser legalizado.
Saldo Final Total de la Cuenta por Cobrar.
Fecha de emisin del comprobante de pago.
Tratndose de empresas del sistema financiero y las empresas que realicen operaciones de seguros supervisadas por la SBS podrn resumir la informacin de las cuentas por cobrar cuyos saldos sean menores a tres (3) UIT, debiendo mantener el detalle de dicha informacin en un reporte auxiliar que podr ser legalizado.
Asimismo, en el caso de empresas del sistema financiero, las mismas podrn sustituir el FORMATO 3.3 por el Anexo 5 Informe de Clasificacin de Deudores y Provisiones, establecido en el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero aprobado por la SBS.
FORMATO 3.4: LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 14 - CUENTAS POR COBRAR A ACCIONISTAS (O SOCIOS) Y PERSONAL
En el formato 3.4 se deber incluir la siguiente informacin mnima, respecto de la Cuenta 14 Cuentas por Cobrar a Accionistas (o Socios) y Personal:
Tipo de documento de identidad del accionista, socio o personal (segn Tabla 2).
Nmero del documento de identidad del accionista, socio o personal.
Apellidos y Nombres, Denominacin o Razn Social del accionista, socio o personal.
Monto de cada Cuenta por Cobrar del accionista, socio o personal, siendo posible que la informacin sea resumida en funcin del accionista, socio o personal. En ese caso, el deudor tributario deber contar con el detalle de dicha informacin en un reporte auxiliar que podr ser legalizado.
Saldo Final Total de la Cuenta por Cobrar.
Fecha de inicio de la operacin.
Cabe mencionar que tratndose de empresas del sistema financiero y las empresas que realicen operaciones de seguros supervisadas por la SBS, las mismas podrn resumir la informacin de las cuentas por cobrar cuyos saldos sean menores a tres (3) UIT, debiendo mantener el detalle de dicha informacin en un reporte auxiliar que podr ser legalizado.
FORMATO 3.5: LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 16 - CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS
La informacin mnima que deber contener el Formato 3.5 es la siguiente:
Tipo de documento de identidad del tercero (segn Tabla 2).
Nmero del documento de identidad del tercero.
Apellidos y Nombres, Denominacin o Razn Social de terceros.
Monto de cada Cuenta por Cobrar del tercero, siendo posible que la informacin sea resumida en funcin del tercero. En ese caso, el deudor tributario deber tener el detalle de dicha informacin en un reporte auxiliar que podr ser legalizado.
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CAP.
I
Saldo Final Total de la Cuenta por Cobrar.
Fecha de emisin del comprobante de pago o fecha de inicio de la operacin.
Tratndose de deudores tributarios que realicen operaciones de seguros supervisadas por la SBS, podrn resumir la informacin de las cuentas por cobrar cuyos saldos sean menores a tres (3) UIT, debiendo conservar el detalle de dicha informacin en un reporte auxiliar que podr ser legalizado.
FORMATO 3.6: LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 19 - PROVISIN PARA CUENTAS DE COBRANZA DUDOSA
En este formato, se deber incluir la composicin del saldo de la cuenta 19 Provisin para Cuentas de Cobranza Dudosa, de acuerdo a la siguiente informacin mnima:
Tipo de documento de identidad del deudor (segn Tabla 2).
Nmero del documento de identidad del deudor.
Apellidos y Nombres, Denominacin o Razn Social del deudor.
Nmero del documento que origin la Cuenta por Cobrar provisionada.
Fecha de emisin del comprobante de pago o fecha de inicio de la operacin.
Monto de cada provisin del deudor.
Monto Total provisionado.
En el caso de deudores tributarios que realicen operaciones de seguros supervisados por la SBS podrn sustituir el presente formato por los reportes que estn obligados a presentar a la SBS, en la medida que stos contengan toda la informacin requerida en este Formato.
FORMATO 3.7: LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 20 - MERCADERAS Y LA CUENTA 21 - PRODUCTOS TERMINADOS
El Formato 3.7 del Libro de Inventarios y Balances deber incluir la siguiente informacin mnima, respecto de las existencias de la empresa:
El mtodo de valuacin aplicado, el cual deber ser incluido como un dato ms, de cabecera
Cdigo de la Existencia.
Tipo de existencia (segn Tabla 5).
Descripcin de la existencia.
Cdigo de la Unidad de medida de la existencia (segn Tabla 6).
Cantidad.
Costo unitario.
Costo total.
Costo Total General.
Es importante considerar que el llevado de este formato no ser obligatorio, para aquellos deudores tributarios que lleven el Registro de Inventario Permanente Valorizado.
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CAP.
I
Asimismo, tratndose de deudores tributarios que sean entidades financieras, Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o realicen operaciones de seguros supervisadas por la SBS, no resultar aplicable el presente formato.
FORMATO 3.8: LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 31 - VALORES
La informacin mnima que deber contener el Formato 3.8, es la siguiente:
Tipo de documento de identidad del emisor (segn Tabla 2).
Nmero del documento de identidad del emisor.
Apellidos y Nombres, Denominacin o Razn Social del emisor.
Denominacin del Ttulo.
Valor Nominal Unitario del Ttulo.
Cantidad de Ttulos.
Costo Total en Libros de los Ttulos.
Provisin Total en Libros de los Ttulos.
Valor en Libros Total Neto de los Ttulos.
Totales.
Cabe mencionar que en el caso de deudores tributarios que sean entidades financieras supervisadas por la SBS podrn sustituir el FORMATO 3.8 por el Anexo 1 Inversiones, establecido en el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero aprobado por la SBS.
FORMATO 3.9: LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 34 - INTANGIBLES
El Formato 3.9, incluye el detalle del saldo de la Cuenta 34 Intangibles, para lo cual se deber considerar la siguiente informacin mnima:
Fecha de inicio de la operacin.
Descripcin del intangible.
Tipo de intangible (segn Tabla 7).
Valor contable del intangible.
Amortizacin contable acumulada.
Valor neto contable del intangible.
Totales.
FORMATO 3.11: LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 41 - REMUNERACIONES POR PAGAR
La informacin mnima que se deber incluir en el Formato 3.11 referida al saldo de la Cuenta 41 Remuneraciones por Pagar, es la siguiente:
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16
CAP.
I
Cdigo de la cuenta contable desagregada al nivel de dgitos utilizados.
Denominacin de la cuenta contable desagregada al nmero de dgitos utilizado.
Cdigo del trabajador.
Apellidos y Nombres del trabajador.
Tipo de documento de identidad del trabajador (segn Tabla 2).
Nmero del documento de identidad del trabajador.
Saldo final y detalle de la cuenta hasta la cantidad de dgitos en que se hubiera desagregado
Saldo final Total de las Remuneraciones por Pagar.
FORMATO 3.12: LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 42 - PROVEEDORES
En el Formato 3.12, se deber incluir la siguiente informacin mnima, respecto del saldo de la Cuenta 42 Proveedores:
Tipo de documento de identidad del proveedor (segn Tabla 2).
Nmero del documento de identidad del proveedor.
Apellidos y Nombres, Denominacin o Razn Social del proveedor.
Monto de cada Cuenta por Pagar al proveedor, siendo posible que la informacin sea resumida en funcin de cada uno de los proveedores. En ese caso, el deudor tributario deber tener el detalle de dicha informacin en un reporte auxiliar que podr ser legalizado.
Saldo Final Total de la Cuenta por pagar.
Fecha de emisin del comprobante de pago.
Tratndose de empresas del sistema financiero supervisadas por la SBS, las mismas podrn resumir la informacin de la cuenta Proveedores cuyos saldos sean menores a tres (3) UIT, debiendo mantener el detalle de dicha informacin en un reporte auxiliar que podr ser legalizado.
FORMATO 3.13: LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 46 - CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS
El objetivo del Formato 3.13 es mostrar el detalle del saldo de la Cuenta 46 Cuentas por Pagar Diversas. Para ese efecto, se deber considerar la siguiente informacin mnima:
Tipo de documento de identidad del tercero (segn Tabla 2).
Nmero del documento de identidad del tercero.
Apellidos y Nombres, Denominacin o Razn Social de terceros.
Descripcin de la Obligacin.
Fecha de emisin del comprobante de pago o fecha de inicio de la operacin, siendo posible que la informacin sea resumida en funcin de cada uno de los terceros. En ese caso, el deudor tributario deber tener el detalle de dicha informacin en un reporte auxiliar que podr ser legalizado.
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LIBROS Y REGISTROS CONTABLES 2010
LIBROS Y REGISTROS CONTABLES A LLEVAR POR CONTRIBUYENTES DEL RGIMEN GENERAL DEL IR 17
CAP.
I
Monto pendiente de pago al tercero.
Saldo Total Pendiente de Pago.
Tratndose de empresas del sistema financiero supervisadas por la SBS, las mismas podrn resumir la informacin de las cuentas por cobrar cuyos saldos sean menores a tres (3) UIT, debiendo mantener el detalle de dicha informacin en un reporte auxiliar que podr ser legalizado.
FORMATO 3.14: LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 47 - BENEFICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES
El saldo de la Cuenta 47 Beneficios Sociales de los Trabajadores ser mostrada en el Formato 3.14, para lo cual se considerar la siguiente informacin mnima:
Tipo de documento de identidad del trabajador (segn Tabla 2).
Nmero del documento de identidad del trabajador.
Apellidos y Nombres del trabajador.
Saldo final.
Saldo final total.
FORMATO 3.15: LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 49 - GANANCIAS DIFERIDAS
La informacin mnima que se deber incluir en el Formato 3.15 referida al saldo de la Cuenta 49 Ganancias Diferidas, es la siguiente:
Concepto.
Nmero de comprobante de pago relacionado, en caso sea aplicable.
Saldo Final.
Saldo Final total.
Es importante mencionar que tratndose de deudores tributarios que sean entidades financieras supervisadas por la SBS, debern incluir en el FORMATO 3.15, la informacin de las Cuentas 29.01.01, 29.01.02 y 29.01.04 establecidas en el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero aprobado por la SBS.
De igual forma, en el caso de deudores tributarios que realicen operaciones de seguros supervisadas por la SBS, podrn resumir la informacin de las cuentas por cobrar cuyos saldos sean menores a tres (3) UIT, debiendo mantener el detalle de dicha informacin en un reporte auxiliar que podr ser legalizado.
FORMATO 3.16: LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 50 - CAPITAL
El Formato 3.16 que detalla el saldo de la Cuenta 50 Capital deber contener la siguiente informacin:
a) Detalle de la Participacin Accionaria o de Participaciones Sociales:
Capital Social o Participaciones Sociales al 31.12
Valor Nominal por accin o Participacin Social.
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ASESOR EMPRESARIAL
C.P.C. FERNANDO EFFIO PEREDA
18
CAP.
I
Nmero de acciones o Participaciones Sociales suscritas.
Nmero de acciones o Participaciones Sociales pagadas.
Nmero de accionistas o socios.
b) Estructura de la Participacin Accionaria o de Participaciones Sociales:
Tipo de documento de identidad del accionista o socio (segn Tabla 2).
Nmero del documento de identidad del accionista o socio.
Apellidos y Nombres, Denominacin o Razn Social del accionista o socio, segn corresponda.
Tipo de acciones.
Nmero de acciones o de Participaciones Sociales.
Porcentaje total de participacin de acciones o Participaciones Sociales.
Totales.
Es importante precisar que el deudor tributario se encuentra obligado a incluir en el presente formato a los accionistas o socios cuya participacin accionaria o de Participacin Social como mnimo represente el cinco por ciento (5%) del total de acciones o Participacin Social.
FORMATO 3.17: LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - BALANCE DE COMPROBACIN
El Formato 3.17, contiene el detalle del Balance de Comprobacin, para lo cual se deber incluir la siguiente informacin mnima:
Cdigo de la cuenta contable desagregada al mximo nmero de dgitos utilizado.
Denominacin de la cuenta contable desagregada al mximo nmero de dgitos utilizado.
Saldos iniciales del ejercicio de las cuentas:
i) Deudor.
ii) Acreedor.
Movimientos del ejercicio o perodo de las cuentas:
i) Debe.
ii) Haber.
Saldos finales del ejercicio o perodo de las cuentas:
i) Deudor.
ii) Acreedor.
Saldos finales del ejercicio o perodo de las cuentas que conforman el Balance General:
i) Activo.
ii) Pasivo y Patrimonio.
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LIBROS Y REGISTROS CONTABLES 2010
LIBROS Y REGISTROS CONTABLES A LLEVAR POR CONTRIBUYENTES DEL RGIMEN GENERAL DEL IR 19
CAP.
I
Saldos finales del ejercicio o perodo de las cuentas que conforman el Estado de Ganancias y Perdidas por funcin:
i) Prdidas.
ii) Ganancias.
Totales de Saldos y Movimientos.
Resultado del Ejercicio o perodo.
Totales.
A fin de presentar esta informacin, las cifras deben ser presentadas a valores histricos.
De otra parte, tratndose de deudores tributarios que sean entidades financieras supervisadas por la SBS, podrn sustituir el FORMATO 3.17 por la Forma F establecida en el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero aprobado por la SBS.
Tratndose de deudores tributarios que sean Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones supervisadas por la SBS, podrn sustituir el FORMATO 3.17 por la Forma E establecida en el Manual de Contabilidad para las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
Asimismo, en el caso de deudores tributarios que realicen operaciones de seguros supervisadas por la SBS, podrn sustituir el FORMATO 3.17 por el Balance de Comprobacin de Saldos establecido en el Plan de Cuentas para Empresas del Sistema Asegurador, aprobado por la SBS.
FORMATO 3.18: LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO
En el Formato 3.18 se deber incluir la informacin de las actividades de operacin, de inversin y de financiamiento, as como el aumento o disminucin neto del efectivo y equivalente de efectivo, el saldo del efectivo y equivalente de efectivo al inicio del ejercicio y el saldo del efectivo y equivalente de efectivo al finalizar el ejercicio. Asimismo, se deber conciliar el resultado neto con el efectivo y equivalente de efectivo proveniente de las actividades de operacin.
El presente formato es de uso obligatorio para los deudores tributarios que en el ejercicio anterior hayan obtenido ingresos brutos mayores a mil quinientas (1,500) UITs.
Cabe sealar que tratndose de deudores tributarios que sean entidades financieras, Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o realicen operaciones de seguros supervisadas por la SBS, podrn sustituir el FORMATO 3.18 por la Forma C establecida en el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, en el Manual de Contabilidad para las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y en el Plan de Cuentas para las Empresas del Sistema Asegurador, aprobados por la SBS, respectivamente.
FORMATO 3.19: LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO DEL 01.01 AL 31.12
En el Formato 3.19 se deber incluir la informacin de las cuentas del Patrimonio Neto, indicando los saldos iniciales as como el origen o destino de los movimientos y el saldo final de las cuentas patrimoniales.
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ASESOR EMPRESARIAL
C.P.C. FERNANDO EFFIO PEREDA
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CAP.
I
El presente formato es de uso obligatorio para los deudores tributarios que en el ejercicio anterior hayan obtenido ingresos brutos mayores a mil quinientas (1,500) UITs.
Cabe indicar que tratndose de deudores tributarios que sean entidades financieras, Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o realicen operaciones de seguros supervisadas por la SBS, podrn sustituir el FORMATO 3.19 por la Forma D establecida en el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, en el Manual de Contabilidad para las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y en el Plan de Cuentas para Empresas del Sistema Asegurador, aprobados por la SBS, respectivamente.
FORMATO 3.20: LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - ESTADO DE GANANCIAS Y PRDIDAS POR FUNCIN DEL 01.01 AL 31.12
En el Formato 3.20 se deber incluir la informacin de las cuentas y/o partidas relacionadas con los ingresos, gastos y la utilidad o prdida del ejercicio, por funcin.
Tratndose de deudores tributarios que sean entidades financieras, Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o realicen operaciones de seguros supervisadas por la SBS, podrn sustituir el FORMATO 3.20 por la Forma B establecida en el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, en el Manual de Contabilidad para las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y en el Plan de Cuentas para Empresas del Sistema Asegurador, aprobados por la SBS, respectivamente.
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CAP.
I
FORMATO 3.1
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - BALANCE GENERAL(1)
EJERCICIO : 2010RUC : 20403020109APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O RAZN SOCIAL : Inversiones Santa Clara S.A.C.
31.12.2010 31.12.2010ACTIVO PASIVO Y PATRIMONIOACTIVO CORRIENTE PASIVO CORRIENTECaja y Bancos 126,000 Sobregiros y Pagars Bancarios Valores Negociables 12,000 Cuentas por Pagar Comerciales 160,000Cuentas por Cobrar Comerciales 40,000 Cuentas por Pagar a Vinculadas 300,000Cuentas por Cobrar a Vinculadas 60,000 Otras Cuentas por Pagar 100,000Otras Cuentas por Cobrar 20,000 Parte Corriente de las Deudas a Largo PlazoExistencias 100,000 TOTAL PASIVO CORRIENTE 560,000Gastos Pagados por Anticipado 50,000TOTAL ACTIVO CORRIENTE 408,000 PASIVO NO CORRIENTE
Deudas a Largo Plazo 340,000ACTIVO NO CORRIENTE Cuentas por Pagar a Vinculadas Cuentas por Cobrar a Largo Plazo 60,000 Ingresos Diferidos Cuentas por Cobrar a Vinculadas a Largo Plazo 100,000 Impuesto a la Renta y Participaciones Diferidos Pasivo Otras Cuentas por Cobrar a Largo Plazo TOTAL PASIVO NO CORRIENTE 340,000Inversiones Permanentes TOTAL PASIVO 900,000Inmuebles, Maquinaria y Equipo (neto de depreciacin acumulada) 650,000Activos Intangibles (neto de amortizacin acumulada) 150,000 ContingenciasImpuesto a la Renta y Participaciones Diferidos Activo Inters minoritarioOtros Activos TOTAL ACTIVO NO CORRIENTE 960,000 PATRIMONIO NETO
Capital 200,000Capital Adicional Acciones de Inversin Excedentes de Revaluacin Reservas Legales 20,000Otras ReservasResultados Acumulados 248,000
TOTAL PATRIMONIO NETO 468,000TOTAL ACTIVO 1'368,000 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO NETO 1'368,000
REPRESENTANTE LEGAL CONTADOR
(1) Se podr hacer uso del formato aprobado por la CONASEV, en tanto se cumpla con registrar la informacin mnima requerida para este Formato.
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CAP.
I
FORMATO 3.2
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 10 - CAJA Y BANCOS
EJERCICIO : 2010RUC : 20403020109APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O RAZN SOCIAL : Inversiones Santa Clara S.A.C.
CUENTA REFERENCIA DE LA CUENTA SALDO CONTABLE FINAL
CDIGO DENOMINACINENTIDAD
FINANCIERA (TABLA 3)
NMERO DE LA CUENTA
TIPO DE MONEDA
(TABLA 4)DEUDOR ACREEDOR
1011 Caja Efectivo 1 26,000
1041 Cta cte. Banco de la Nacin 18 230-06-10 1 46,000
1042 Cta cte. Banco Repblica 25 499-0-0-166 1 54,000
TOTALES 126,000
Cdigo y denominacin de la cuenta contable desagregada al nivel
mximo de dgitos utilizado
REPRESENTANTE LEGAL CONTADOR
TABLA 301 BCR02 BCP 03 INTERNACIONAL05 LATINO 07 CITIBANK08 STANDARD09 SCOTIABANK --- 99 OTROS
TABLA 41 NUEVOS SOLES2 DLARES AMERICANOS 9 OTRA MONEDA
(ESPECIFICAR)
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CAP.
I
INFORMACIN DEL CLIENTE
MONTO DE LA CUENTA POR COBRAR
FECHA DE EMISIN DEL COMPROBANTE DE PAGO
DOCUMENTO DE IDENTIDAD APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O
RAZN SOCIALTIPO (TABLA 2) NMERO
6 20102030405 Comercial Luz S.R.L. 80,000 28.12.2010
6 10332610398 Luis Gonzales Tapia 90,000 14.11.2010
6 15203040121 Fernando Pereira Castro 90,000 28.10.2010
6 20304050609 Santa Alvisa S.A.C. 20,000 05.01.2010
SALDO FINAL TOTAL 280,000
FORMATO 3.3
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 12 - CLIENTES
EJERCICIO : 2010RUC : 20403020109APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O RAZN SOCIAL : Inversiones Santa Clara S.A.C.
REPRESENTANTE LEGAL CONTADOR
N de Documento de Identidad y apellidos y nombres, denominacin
o razn social del cliente
TABLA 20 OTROS TIPOS DE DOCUMENTOS1 DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD (DNI)4 CARNET DE EXTRANJERA6 REGISTRO NICO DE CONTRIBUYENTES7 PASAPORTE
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CAP.
I
INFORMACIN DEL ACCIONISTA SOCIO O PERSONALMONTO DE LA
CUENTA POR COBRARFECHA DE INICIO DE LA
OPERACINDOCUMENTO DE IDENTIDAD APELLIDOS Y NOMBRES,
DENOMINACIN O RAZN SOCIALTIPO (TABLA 2) NMERO
1 10090741 Juan Quispe Contreras 16,000 20.03.2010
1 09907418 Juan Arellano Lpez 4,000 12.10.2010
SALDO FINAL TOTAL 20,000
FORMATO 3.4
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 14 - CUENTAS POR COBRAR A ACCIONISTAS (O SOCIOS) Y PERSONAL
EJERCICIO : 2010RUC : 20403020109APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O RAZN SOCIAL : Inversiones Santa Clara S.A.C.
REPRESENTANTE LEGAL CONTADOR
TABLA 20 OTROS TIPOS DE DOCUMENTOS1 DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD (DNI)4 CARNET DE EXTRANJERA6 REGISTRO NICO DE CONTRIBUYENTES7 PASAPORTE
N de Documento de Identidad y apellidos y nombres,
denominacin o razn social del Accionista, socio o personal
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CAP.
I
INFORMACIN DE TERCEROSMONTO DE LA
CUENTA POR COBRAR
FECHA DE EMISIN DEL COMPROBANTE DE PAGO O FECHA DE INICIO DE LA
OPERACIN
DOCUMENTO DE IDENTIDAD APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O RAZN SOCIALTIPO (TABLA 2) NMERO
SALDO FINAL TOTAL
FORMATO 3.5
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 16 - CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS
EJERCICIO : 2010RUC : 20403020109APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O RAZN SOCIAL : Inversiones Santa Clara S.A.C.
REPRESENTANTE LEGAL CONTADOR
TABLA 20 OTROS TIPOS DE DOCUMENTOS1 DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD (DNI)4 CARNET DE EXTRANJERA6 REGISTRO NICO DE CONTRIBUYENTES7 PASAPORTE
N de Documento de Identidad y apellidos y nombres,
denominacin orazn social del tercero
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CAP.
I
FORMATO 3.6
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 19 - PROVISIN PARA CUENTAS DE COBRANZA DUDOSA
EJERCICIO : 2010RUC : 20403020109APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O RAZN SOCIAL : Inversiones Santa Clara S.A.C.
REPRESENTANTE LEGAL CONTADOR
INFORMACIN DE DEUDORES CUENTA POR COBRAR PROVISIONADA
DOCUMENTO DE IDENTIDAD APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O RAZN
SOCIAL
NMERO DEL DOCUMENTO
FECHA DE EMISIN DEL COMPROBANTE DE PAGO O FECHA
DE INICIO DE LA OPERACINMONTOTIPO
(TABLA 2)NMERO
6 20304050609 Santa Luisa S.A.C. 002-6010 05.01.2010 20,000
MONTO TOTAL PROVISIONADO 20,000
TABLA 20 OTROS TIPOS DE DOCUMENTOS1 DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD (DNI)4 CARNET DE EXTRANJERA6 REGISTRO NICO DE CONTRIBUYENTES7 PASAPORTE
N de Documento de Identidad y apellidos y nombres,
denominacin orazn social del deudor
Nmero del documento que origin la cuenta por cobrar
provisionado
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CAP.
I
FORMATO 3.7
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 20 - MERCADERAS Y LA CUENTA 21 - PRODUCTOS TERMINADOS
EJERCICIO : 2010RUC : 20403020109APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O RAZN SOCIAL : Inversiones Santa Clara S.A.C.MTODO DE EVALUACIN APLICADO : Promedio
REPRESENTANTE LEGAL CONTADOR
CDIGO DE LA EXISTENCIA
TIPO DE EXISTENCIA (TABLA 5)
DESCRIPCINCDIGO DE LA
UNIDAD DE MEDIDA (TABLA 6)
CANTIDADCOSTO
UNITARIOCOSTO TOTAL
201020 01 Lap Top's HP 07 60 800.00 48,000
201030 01 Disco Duro LG 07 30 200.00 6,000
201040 01 Monitores Samsung 07 50 600.00 30,000
201050 01 Impresoras HP 07 25 640.00 16,000
COSTO TOTAL GENERAL 100,000
Cdigo del bien segn la
empresa
TABLA 601 KILOGRAMOS02 LIBRAS03 TONELADAS LARGAS04 TONELADAS MTRICAS05 TONELADAS CORTAS ...99 OTROS (ESPECIFICAR)
TABLA 501 MERCADERA02 PRODUCTO TERMINADO03 MATERIAS PRIMAS Y AUXILIARES -
MATERIALES04 ENVASES Y EMBALAJES05 SUMINISTROS DIVERSOS99 OTROS (ESPECIFICAR)
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CAP.
I
FORMATO 3.8
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 31 - VALORES
EJERCICIO : 2010RUC : 20403020109APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O RAZN SOCIAL : Inversiones Santa Clara S.A.C.
REPRESENTANTE LEGAL CONTADOR
DOCUMENTO DE IDENTIDADAPELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O RAZN
SOCIAL DEL EMISOR
TTULO VALOR EN LIBROS
TIPO(TABLA 2)
NMERO DENOMINACINVALOR
NOMINAL UNITARIO
CANTIDADCOSTO TOTAL
PROVISIN TOTAL
TOTAL NETO
6 20100990121 Minera Per S.A.A. Acciones 100 120 12,000 12,000
TOTALES 12,000
TABLA 20 OTROS TIPOS DE DOCUMENTOS1 DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD (DNI)4 CARNET DE EXTRANJERA6 REGISTRO NICO DE CONTRIBUYENTES7 PASAPORTE
Denominacin del ttulo: Bonos Acciones, etc.
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CAP.
I
FORMATO 3.9
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 34 - INTANGIBLES
EJERCICIO : 2010RUC : 20403020109APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O RAZN SOCIAL : Inversiones Santa Clara S.A.C.
REPRESENTANTE LEGAL CONTADOR
FECHA DE INICIO DE LA OPERACIN
DESCRIPCIN DEL INTANGIBLE
TIPO DE INTANGIBLE (TABLA 7)
VALOR CONTABLE DEL INTANGIBLE
AMORTIZACIN CONTABLE
ACUMULADA
VALOR NETO CONTABLE DEL
INTANGIBLE
20.10.2008 Software Contable 01 90,000 20,000 70,000
13.01.2009 Software Control Existencias 01 100,000 20,000 80,000
TOTALES 190,000 40,000 150,000
Descripcin del
Intangible
TABLA 701 INTANGIBLE ADQUIRIDO02 INTANGIBLE EN ETAPA DE
INVESTIGACIN03 INTANGIBLE EN ETAPA DE
DESARROLLO
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CAP.
I
FORMATO 3.11
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 41 - REMUNERACIONES POR PAGAR
EJERCICIO : 2010 RUC : 20403020109APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O RAZN SOCIAL : Inversiones Santa Clara S.A.C.
REPRESENTANTE LEGAL CONTADOR
CUENTA TRABAJADOR
SALDO FINALCDIGO DENOMINACIN CDIGO
APELLIDOS Y NOMBRES
DOCUMENTO DE IDENTIDAD
TIPO (TABLA 2) NMERO
4110 Sueldos por pagar 008 L Torres Luis 1 09907418 3,000
4110 Sueldos por pagar 009 Effio Juan 1 10204060 6,000
4110 Sueldos por pagar 020 Torres Amparo 1 07701020 7,000
4120 Salarios por pagar 030 Lpez Adelo 1 07401140 4,000
TOTAL 20,000
TABLA 20 OTROS TIPOS DE DOCUMENTOS1 DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD (DNI)4 CARNET DE EXTRANJERA6 REGISTRO NICO DE CONTRIBUYENTES7 PASAPORTE
Cdigo y Denominacin de la cuenta contable desagregado al nivel mximo de dgitos.
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CAP.
I
FORMATO 3.12
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 42 - PROVEEDORES
EJERCICIO : 2010RUC : 20403020109APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O RAZN SOCIAL : Inversiones Santa Clara S.A.C.
REPRESENTANTE LEGAL CONTADOR
INFORMACIN DEL PROVEEDORMONTO DE LA CUENTA
POR PAGARFECHA DE EMISIN DEL
COMPROBANTE DE PAGODOCUMENTO DE IDENTIDAD APELLIDOS Y NOMBRES,
DENOMINACIN O RAZN SOCIALTIPO (TABLA 2) NMERO
6 20102030408 Inversiones Rafael S.A.C. 110,000 14.01.2010
6 20908070602 Comercial Santa Rosa E.I.R.L. 200,000 20.10.2010
6 20202030402 Import. Del Ro S.A.C. 150,000 30.11.2010
SALDO FINAL TOTAL 460,000
TABLA 20 OTROS TIPOS DE DOCUMENTOS1 DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD (DNI)4 CARNET DE EXTRANJERA6 REGISTRO NICO DE CONTRIBUYENTES7 PASAPORTE
N de Documento de Identidad y apellidos y nombres,
denominacin orazn social del Proveedor
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CAP.
I
FORMATO 3.13
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 46 - CUENTA POR PAGAR DIVERSAS
EJERCICIO : 2010RUC : 20403020109APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O RAZN SOCIAL : Inversiones Santa Clara S.A.C.
REPRESENTANTE LEGAL CONTADOR
INFORMACIN DE TERCEROSDESCRIPCIN
DE LA OBLIGACIN
FECHA DE EMISIN DEL COMPROBANTE DE PAGO O FECHA DE INICIO DE LA
OPERACIN
MONTO PENDIENTE DE PAGO
DOCUMENTO DE IDENTIDADAPELLIDOS Y NOMBRES,
DENOMINACIN O RAZN SOCIALTIPO (TABLA 2) NMERO
6 20100080192 Banco Panam Prstamo 20.01.2009 340,000
SALDO TOTAL 340,000
TABLA 20 OTROS TIPOS DE DOCUMENTOS1 DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD (DNI)4 CARNET DE EXTRANJERA6 REGISTRO NICO DE CONTRIBUYENTES7 PASAPORTE
N de Documento de Identidad y apellidos y nombres,
denominacin orazn social del Tercero
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CAP.
I
FORMATO 3.14
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 47 - BENEFICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES
EJERCICIO : 2010RUC : 20403020109APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O RAZN SOCIAL : Inversiones Santa Clara S.A.C.
REPRESENTANTE LEGAL CONTADOR
DOCUMENTO DE IDENTIDAD APELLIDOS Y NOMBRESDEL TRABAJADOR
SALDO FINAL
TIPO (TABLA 2) NMERO
1 09907418 L Torres Luis 3,000
1 10204060 Effio Juan 4,000
1 07701020 Torres Amparo 5,000
1 07401140 Lpez Adelo 6,000
TOTAL 18,000
TABLA 20 OTROS TIPOS DE DOCUMENTOS1 DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD (DNI)4 CARNET DE EXTRANJERA6 REGISTRO NICO DE CONTRIBUYENTES7 PASAPORTE
N de Documento de Identidad y apellidos y nombres,
del trabajador
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CAP.
I
FORMATO 3.15
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 49 - GANANCIAS DIFERIDAS
EJERCICIO : 2010RUC : 20403020109APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O RAZN SOCIAL : Inversiones Santa Clara S.A.C.
REPRESENTANTE LEGAL CONTADOR
CONCEPTONMERO DE COMPROBANTE DE
PAGO RELACIONADOSALDO FINAL
TOTAL
Descripcin de la Cuenta Diferida
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CAP.
I
FORMATO 3.16
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 50 - CAPITAL
EJERCICIO : 2010RUC : 20403020109APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O RAZN SOCIAL : Inversiones Santa Clara S.A.C.
DETALLE DE LA PARTICIPACIN ACCIONARIA O PARTICIPACIONES SOCIALES:
ESTRUCTURA DE PARTICIPACIN ACCIONARIA O DE PARTICIPACIONES SOCIALES:
REPRESENTANTE LEGAL CONTADOR
DOCUMENTO DE IDENTIDAD APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O
RAZN SOCIAL DEL ACCIONISTA O SOCIO
TIPO DE ACCIONES
NMERO DE ACCIONES O DE
PARTICIPACIONES SOCIALES
PORCENTAJETOTAL DE
PARTICIPACINTIPO (TABLA 2) NMERO
1 10304050 Prez Luis Comunes 1,000 25%1 09907418 Quispe Adolfo Comunes 1,000 25%6 20403020920 Castillo Armando Comunes 1,000 25%6 20102010191 Lpez Sandra Comunes 1,000 25%
TOTALES 4,000 100%
CAPITAL SOCIAL O PARTICIPACIONES SOCIALES AL 31.12.2010 200,000VALOR NOMINAL POR ACCIN O PARTICIPACIN SOCIAL 50NMERO DE ACCIONES O PARTICIPACIONES SOCIALES SUSCRITAS 4,000NMERO DE ACCIONES O PARTICIPACIONES SOCIALES PAGADAS 4,000NMERO DE ACCIONISTAS O SOCIOS 04
TABLA 20 OTROS TIPOS DE DOCUMENTOS1 DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD (DNI)4 CARNET DE EXTRANJERA6 REGISTRO NICO DE CONTRIBUYENTES7 PASAPORTE
N de Documento de Identidad y apellidos y nombres,
denominacin orazn social del Accionista
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36
CAP.
I
FORMATO 3.17
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - BALANCE DE COMPROBACIN
EJERCICIO : 2010RUC : 20403020109APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O RAZN SOCIAL : Inversiones Santa Clara S.A.C.
REPRESENTANTE LEGAL CONTADOR
CUENTA SALDOS INICIALES MOVIMIENTOS SALDOS FINALESSALDOS FINALES DEL BALANCE GENERAL
SALDOS FINALES DEL ESTADO DE PRDIDAS Y
GANANCIAS POR FUNCIN
CDIGO DENOMINACIN DEUDOR ACREEDOR DEBE HABER DEUDOR ACREEDOR ACTIVOPASIVO Y
PATRIMONIOPRDIDAS GANANCIAS
Cdigo y Denominacin de la Sub-cuenta contable desagregado al nivel mximo de dgitos.
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LIBROS Y REGISTROS CONTABLES 2010
LIBROS Y REGISTROS CONTABLES A LLEVAR POR CONTRIBUYENTES DEL RGIMEN GENERAL DEL IR 37
CAP.
I
FORMATO 3.18
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES -ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO(1)
EJERCICIO: 2010RUC: 20403020109APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O RAZN SOCIAL: Inversiones Santa Clara S.A.C.
ACTIVIDADESEJERCICIO O
PERODOActividades de OperacinCobranza de venta de bienes o servicios e ingresos operacionalesCobranza de regalas, honorarios, comisiones y otrosCobranza de intereses y dividendos recibidosOtros cobros de efectivo relativos a la actividadMenos:Pago a proveedores de bienes y serviciosPago de remuneraciones y beneficios socialesPago de tributosPago de intereses y rendimientosOtros pagos de efectivo relativos a la actividad
Aumento (Disminucin) del Efectivo y Equivalente de Efectivo Provenientes de Actividades de Operacin
Actividades de InversinCobranza de venta de valores e inversiones permanentesCobranza de venta de inmuebles, maquinaria y equipoCobranza de venta de activos intangiblesOtros cobros de efectivo relativos a la actividadMenos:Pagos por compra de valores e inversiones permanentesPagos por compra de inmuebles, maquinaria y equipoPagos por compra de activos intangiblesOtros pagos de efectivo relativos a la actividad
Aumento (Disminucin) del Efectivo y Equivalente de Efectivo Provenientes de Actividades de Inversin
Actividades de FinanciamientoCobranza de emisin de acciones o nuevos aportesCobranza de recursos obtenidos por emisin de valores u otras obligaciones de largo plazo
-
ASESOR EMPRESARIAL
C.P.C. FERNANDO EFFIO PEREDA
38
CAP.
I
Otros cobros de efectivo relativos a la actividadMenos:Pagos de amortizacin o cancelacin de valores u otras obligaciones de largo plazoPago de dividendos y otras distribucionesOtros pagos de efectivo relativos a la actividad
Aumento (Disminucin) del Efectivo y Equivalente de Efectivo Provenientes de Actividades de FinanciamientoAumento (Disminucin) Neto de efectivo y Equivalente de EfectivoSaldo Efectivo y Equivalente de Efectivo al Inicio del EjercicioSaldo Efectivo y Equivalente de Efectivo al Finalizar el Ejercicio
Conciliacin del Resultado Neto con el Efectivo y Equivalente de Efectivo proveniente de las Actividades de OperacinUtilidad (Prdida) neta del EjercicioMs:Ajustes a la Utilidad (Prdida) del EjercicioDepreciacin y amortizacin del perodoProvisin Beneficios SocialesProvisiones DiversasPrdida en venta de inmuebles, maquinaria y EquipoPrdida en venta de valores e inversiones permanentesPrdida por activos monetarios no corrientesOtrosMenos:Ajustes a la Utilidad (Prdida) del EjercicioUtilidad en venta de inmuebles, maquinaria y equipoUtilidad en venta de valores e inversiones permanentesGanancia por pasivos monetarios no corrientesCargos y Abonos por cambios netos en el Activo y Pasivo(Aumento) Disminucin de Cuentas por Cobrar Comerciales(Aumento) Disminucin de Cuentas por Cobrar Vinculadas(Aumento) Disminucin de Otras Cuentas por Cobrar(Aumento) Disminucin en Existencias(Aumento) Disminucin en Gastos Pagados por AnticipadoAumento (Disminucin) de Cuentas por Pagar ComercialesAumento (Disminucin) de Cuentas por Pagar VinculadasAumento (Disminucin) de Otras Cuentas por Pagar
Aumento (Disminucin) del Efectivo y Equivalente de Efectivo Provenientes de la Actividad de Operacin
ACTIVIDADESEJERCICIO O
PERODO
(1) Se podr hacer uso del formato aprobado por la CONASEV, en tanto se cumpla con registrar la informacin mnima requerida para este Formato.
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LIBROS Y REGISTROS CONTABLES 2010
LIBROS Y REGISTROS CONTABLES A LLEVAR POR CONTRIBUYENTES DEL RGIMEN GENERAL DEL IR 39
CAP.
I
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ASESOR EMPRESARIAL
C.P.C. FERNANDO EFFIO PEREDA
40
CAP.
I
FORMATO 3.20
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES - ESTADO DE GANANCIAS Y PRDIDAS POR FUNCIN DEL 01.01 AL 31.12.2010(1)
EJERCICIO : 2010RUC : 20403020109APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O RAZN SOCIAL : Inversiones Santa Clara S.A.C.
DESCRIPCINEJERCICIO O
PERODOVentas Netas (ingresos operacionales) 2'000,000Otros Ingresos Operacionales Total de Ingresos Brutos 2'000,000Costo de ventas 1'200,000Utilidad Bruta 800,000
Gastos OperacionalesGastos de Administracin 200,000Gastos de Venta 300,000Utilidad Operativa 300,000
Otros Ingresos (gastos)Ingresos Financieros Gastos Financieros 20,000Otros Ingresos Otros Gastos 32,000Resultados por Exposicin a la Inflacin
Resultados antes de Participaciones, Impuesto a la Renta y Partidas Extraordinarias 248,000
ParticipacionesImpuesto a la Renta
Resultados antes de Partidas Extraordinarias 248,000Ingresos ExtraordinariosGastos Extraordinarios
Resultado Antes de Inters MinoritarioInters Minoritario
Utilidad (Prdida) Neta del Ejercicio 248,000
Dividendos de Acciones PreferentesUtilidad (prdida) Neta atribuible a los AccionistasUtilidad (prdida) Bsica por Accin ComnUtilidad (prdida) Bsica por Accin de InversinUtilidad (prdida) Diluida por Accin ComnUtilidad (prdida) Diluida por Accin de Inversin
(1) Se podr hacer uso del formato aprobado por la CONASEV, en tanto se cumpla con registrar la informacin mnima requerida para este Formato.
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LIBROS Y REGISTROS CONTABLES 2010
LIBROS Y REGISTROS CONTABLES A LLEVAR POR CONTRIBUYENTES DEL RGIMEN GENERAL DEL IR 41
CAP.
I
i) Aprobacin del Plan Contable General para Empresas (PCGE)
De los Formatos antes sealados, se observa que han sido elaborados en funcin a las cuentas del Activo, Pasivo y Patrimonio segn el Plan Contable General Revisado (PCGR).
Sin embargo, y como ya es de conocimiento pblico, el 25 de octubre del 2008, se public la Resolucin CNC N 041-2008-EF/94 a travs de la cual se aprob el Plan Contable General para Empresas (PCGE), en reemplazo del PCGR, y cuya vigencia operar a partir del 01.01.2011, no obstante que puede ser aplicado con anterioridad a esa fecha.
De acuerdo a este nuevo plan, las cuentas del Activo, Pasivo y Patrimonio, han sufrido cambios importantes en su nomenclatura as como en su estructura. Un ejemplo de ello, es la divisin de la cuenta 12 Clientes, segn el PCGR, en las cuentas 12 Cuentas por Cobrar Comerciales - Terceros y 13 Cuentas por Cobrar Comerciales - Relacionadas.
Bajo ese contexto, la Tercera Disposicin Complementaria Final de la Resolucin de Superintendencia N 239-2008/SUNAT (31.12.2008) ha sealado que en el caso que los deudores tributarios lleven su contabilidad de acuerdo con el Plan Contable General Empresarial (ya sea que lo hagan voluntariamente o se encuentren obligado s a ello) debern adecuar los formatos y los nombres de las cuentas, divisionarias y sub divisionarias del Plan Contable General Revisado con las cuentas, subcuentas, divisionarias y sub divisionarias equivalentes.
En ese sentido, y en tanto la Administracin Tributaria no regule los formatos que integrarn el Libro de Inventarios y Balances en aplicacin del Plan Contable General para Empresas (PCGE), consideramos que los mismos podran ser aquellos que se proponen en el desarrollo del Caso Prctico Integral de Contabilidad Completa (ver captulo VII).
j) Obligacin de observar Formatos e Informacin Mnima
En relacin a la obligacin de observar los Formatos y la Informacin mnima del Libro de Inventarios y Balances, es preciso indicar que la Sptima Disposicin Complementaria y Final de la Resolucin de Superintendencia N 234-2006/SUNAT ha establecido ciertas excepciones al observarlas.
En efecto, de acuerdo a la norma antes citada, se ha indicado que la utilizacin de los formatos que debe contener cada libro y registro vinculado a asuntos tributarios es obligatoria, excepto, cuando los libros o registros son llevados mediante hojas sueltas o continas.
Asimismo, y en cuanto a la informacin mnima, la referida sptima disposicin complementaria y final ha sealado que los deudores tributarios no obligados a incluir determinada informacin en un libro o registro podrn optar por no incorporar en el formato del libro o registro relacionado con dicha informacin, las columnas en donde se deban consignar la referida informacin.
Como se observa de lo anterior, los sujetos obligados a llevar el Libro de Inventarios y Balances, deben en un principio observar la informacin mnima y los formatos que comprende este libro. Sin embargo en los casos antes indicados, esa obligacin podr ser exceptuada.
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ASESOR EMPRESARIAL
C.P.C. FERNANDO EFFIO PEREDA
42
CAP.
I
OBLIGACIN DE UTILIZAR LOS FORMATOS
Cuando el Libro de Inventarios y Balances es llevado en forma manual Es obligatoria
Cuando el Libro de Inventarios y Balances es llevado mediante hojas sueltas o continas No es obligatoria
OBLIGACIN DE OBSERVAR INFORMACIN MNIMA
Sujetos obligados a incluir toda la informacin en el Libro de Inventarios y Balances
Es obligatoria
Sujetos no obligados a incluir determinada informacin en el Libro de Inventarios y Balances
Podrn optar por no incorporar en el formato del libro o registro relacionado con dicha informacin, las columnas en donde se deban consignar la referida informacin
k) Plazo de atraso
De acuerdo con el Anexo N 2 de la Resolucin de Superintendencia N 234-2006/SUNAT, el Libro de Inventarios y Balances no puede tener un atraso mayor a tres (3) meses contado desde el da hbil siguiente al cierre del ejercicio gravable.
LIBRO O REGISTRO VINCULADO A ASUNTOS TRIBUTARIOS
MXIMO ATRASO
PERMITIDO
ACTO O CIRCUNSTANCIA QUE DETERMINA EL INICIO DEL PLAZO PARA EL MXIMO ATRASO
PERMITIDO
LIBRO DE INVENTARIOS YBALANCES
Tres (3) mesesDesde el da hbil siguiente alcierre del ejercicio gravable.
Tratndose de esta obligacin, cabe mencionar que si se llevara este libro con un atraso mayor al permitido, se incurrir en la infraccin tipificada en el numeral 5 del artculo 175 del Cdigo Tributario, referido a llevar con un atraso mayor al permitido por las normas vigentes, los libros de contabilidad u otros libros o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por Resolucin de Superintendencia de la SUNAT, cuya sancin es equivalente al 0.3% de IN, tratndose de contribuyentes acogidos al Rgimen General del Impuesto a la Renta.
l) Obligacin de consignar balance de modificacin de pagos a cuenta
Como sabemos, el artculo 85 de la Ley del Impuesto a la Renta establece la posibilidad que el contribuyente pueda modificar el porcentaje o el coeficiente de pagos a cuenta del Impuesto a la Renta, para lo cual deber efectuar un balance al 31 de enero o al 30 de junio, segn corresponda.
En ese sentido, de optar el contribuyente por efectuar estas modificaciones, deber anotar en el Libro de Inventarios y Balances, el balance que se utilice para modificar el coeficiente o el porcentaje de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta. As lo seala el numeral 3.1 del artculo 13 de la Resolucin de Superintendencia N 234-2006/SUNAT
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LIBROS Y REGISTROS CONTABLES 2010
LIBROS Y REGISTROS CONTABLES A LLEVAR POR CONTRIBUYENTES DEL RGIMEN GENERAL DEL IR 43
CAP.
I
4. LIBRO DIARIO
a) Definicin
El Libro Diario es aquel Libro donde se registran por orden cronolgico todos los acontecimientos u operaciones mercantiles que realiza la empresa.
b) Caractersticas
Los aspectos que ms caracterizan al Libro Diario son los siguientes:
Por medio del Libro Diario se demuestra claramente el mecanismo de la partida doble, porque cada operacin registrada en este libro consta de un dbito y de un crdito, equivalentes entre s.
Otra caracterstica es que las cuentas que tienen movimiento en este libro, sern las mismas que se empleen en el libro mayor.
Una ltima y muy especial caracterstica es que todos los asientos llevan, adems de los ttulos de cuentas y de las cantidades que hayan de cargarse o abonarse, un resumen somero (glosa), aunque completo, de todos los datos y particularidades de la operacin.
c) Obligados a llevarlo
Respecto de la obligatoriedad de llevar el Libro Diario, es preciso considerar que a partir del 01.10.2008, fecha de entrada en vigencia del artculo 65 de la Ley del Impuesto a la Renta, modificada por el Decreto Legislativo N 1086, se ha establecido un rgimen particular para llevar libros y registros.
En efecto, de acuerdo a esta norma, se ha indicado que:
Los contribuyentes del Rgimen General del Impuesto a la Renta, cuyos ingresos brutos anuales no superen las 150 UITs, deben llevar como mnimo, un Registro de Ventas, un Registro de Compras y un Libro Diario de Formato Simplificado.
Los contribuyentes del Rgimen General del Impuesto a la Renta, cuyos ingresos brutos anuales superen las 150 UITs, deben llevar Contabilidad Completa, la que incluye en otros libros, el Libro Diario.
En ese sentido, de acuerdo a los prrafos anteriores, podemos sealar que los contribuyentes del Rgimen General del Impuesto a la Renta, que estn obligados a llevar contabilidad completa, estn obligados a llevar el Libro Diario, al constituir ste un libro principal.
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ASESOR EMPRESARIAL
C.P.C. FERNANDO EFFIO PEREDA
44
CAP.
I
d) Datos de cabecera
El Libro Diario, al ser un libro vinculado a asuntos tributarios que los deudores tributarios se encuentran obligados a llevar, deber contar con los siguientes datos de cabecera:
Denominacin del libro o registro.
Perodo y/o ejercicio al que corresponde la informacin registrada.
Nmero de RUC del deudor tributario, Apellidos y Nombres, Denominacin y/o Razn Social de ste.
Es importante mencionar que esta informacin deber indicarse en todos los folios que se utilicen. Sin embargo, tratndose del Libro Diario llevado en forma manual, bastar con incluir estos datos en el primer folio de cada perodo o ejercicio.
OBLIGACIN DE LLEVAR LIBROS Y REGISTROS CONTABLES
RENTAS DE TERCERA CATEGORA
RGIMEN GENERAL
Los perceptores de rentas de tercera categora cuyos ingresos brutos anuales no superen las 150 UIT.
Debern llevar como mnimo:
Un Registro de Ventas,
Un Registro de Compras y
Un Libro Diario de Formato Simplificado
Los dems perceptores de rentas de tercera categora.
Debern llevar contabilidad completa
RGIMEN ESPECIAL
Personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas jurdicas.
Debern llevar:
Registro de Ventas e Ingresos
Registro de Compras
NUEVO RUSPersonas naturales y sucesiones indivisas, as como personas naturales no profesionales.
No estn obligados a llevar libros y registros contables.
Sujetos obligados a llevar elLibro Diario
LIBROS Y REGISTROS INFORMACIN A CONSIGNAR
LIBRO DIARIO LLEVADO
EN HOJAS SUELTAS
En todos los folios se deber consignar:
Denominacin del libro o registro.
Perodo y/o ejercicio al que corresponde la informacin registrada.
Nmero de RUC del deudor tributario, Apellidos y Nombres, Denominacin y/o Razn Social de ste.
LIBRO DIARIO LLEVADO
EN FORMA MANUAL
En el primer folio se deber consignar:
Denominacin del libro o registro.
Perodo y/o ejercicio al que corresponde la informacin registrada.
Nmero de RUC del deudor tributario, Apellidos y Nombres, Denominacin y/o Razn Social de ste
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LIBROS Y REGISTROS CONTABLES 2010
LIBROS Y REGISTROS CONTABLES A LLEVAR POR CONTRIBUYENTES DEL RGIMEN GENERAL DEL IR 45
CAP.
I
FORMATO DESCRIPCIN
Formato 5.1 Libro Diario
e) Asientos que deber contener el Libro Diario
Los asientos que deber contener el Libro Diario, son los siguientes:
Apertura del ejercicio gravable. Operaciones del mes. Ajuste de operaciones de meses anteriores, de ser el caso. Ajustes de operaciones del mes. Cierre del ejercicio gravable.
f) Nivel mnimo de dgitos
Al registrar sus operaciones en el Libro Diario, el contribuyentes debe utilizar el Plan Contable General vigente en el pas, a cuyo efecto emplear cuentas contables desagregadas como mnimo a nivel de los dgitos establecidos en dicho plan, salvo que por aplicacin de las normas tributarias deba realizarse una desagregacin mayor.
g) Formato e informacin mnima
Al igual que sucede con el Libro de Inventarios y Balances, tradicionalmente el Libro Diario era un libro de foliacin simple. Sin embargo a travs del artculo 13 de la Resolucin de Superintendencia N 234-2006/SUNAT, ha declarado un cambio sustancial al establecer que a partir del 01.07.2010, el mismo deber estar integrado por el siguiente formato:
Precisa la citada norma que la informacin mnima a incluirse en el formato 5.1 ser la siguiente:
Nmero correlativo del asiento contable o cdigo nico de la operacin.
Fecha de la operacin.
Glosa o descripcin de la naturaleza de la operacin registrada, de ser el caso.
Referencia de la operacin en caso el deudor tributario lleve su libro en forma manual, indicando:
(i) El cdigo del Libro o Registro donde se registr (segn Tabla 8).(ii) El nmero correlativo del registro o cdigo nico de la operacin, segn
corresponda.(iii) El nmero del documento sustentatorio, de ser el caso.
Cuenta contable, indicando:
(i) Cdigo de la cuenta contable desagregado en subcuentas al nivel mximo de dgitos utilizado, segn el punto f) anterior.
(ii) Denominacin de la cuenta contable, salvo el caso en que el deudor tributario utilice un nmero mayor a cuatro (4) dgitos para las subcuentas, supuesto en el cual ser optativo consignar esta informacin.
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ASESOR EMPRESARIAL
C.P.C. FERNANDO EFFIO PEREDA
46
CAP.
I
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LIBROS Y REGISTROS CONTABLES 2010
LIBROS Y REGISTROS CONTABLES A LLEVAR POR CONTRIBUYENTES DEL RGIMEN GENERAL DEL IR 47
CAP.
I
Movimiento:
(i) Debe.(ii) Haber.
Totales.
Como se observa de lo anterior, a partir del 01.07.2010 los sujetos obligados a llevar el Libro Diario deberan considerar el formato y la informacin mnima prevista. De no ser as podran incurrir en la infraccin del numeral 2 del artculo 175 del Cdigo Tributario por llevar los libros y registros sin observar la forma y condiciones establecidas.
h) Obligacin de observar Formatos e Informacin Mnima
En relacin a la obligacin de observar el Formato y la Informacin mnima del Libro Diario, es preciso indicar que la Sptima Disposicin Complementaria y Final de la Resolucin de Superintendencia N 234-2006/SUNAT ha establecido ciertas excepciones al observarlas.
En efecto, de acuerdo a la norma antes citada, se ha indicado que la utilizacin de los formatos que debe contener cada libro y registro vinculado a asuntos tributarios es obligatoria, excepto, cuando los libros o registros son llevados mediante hojas sueltas o continas.
Asimismo, y en cuanto a la informacin mnima, la referida sptima disposicin complementaria y final ha sealado que los deudores tributarios no obligados a incluir determinada informacin en un libro o registro podrn optar por no incorporar en el formato del libro o registro relacionado con dicha informacin, las columnas en donde se deban consignar la referida informacin.
Como se observa de lo anterior, los sujetos obligados a llevar el Libro Diario, deben en un principio observar la informacin mnima y el formato que comprende este libro. Sin embargo en los casos antes indicados, esa obligacin podr ser exceptuada.
OBLIGACIN DE UTILIZAR LOS FORMATOS
Cuando el Libro Diario es llevado en forma manual Es obligatoria
Cuando el Libro Diario es llevado mediante hojas sueltas o continas No es obligatoria
OBLIGACIN DE OBSERVAR INFORMACIN MNIMA
Sujetos obligados a incluir toda la informacin en el Libro Diario
Es obligatoria
Sujetos no obligados a incluir determinada informacin en el Libro Diario
Podrn optar por no incorporar en el formato del libro o registro relacionado con dicha informacin, las columnas en donde se deban consignar la referida informacin
i) Legalizacin
El Libro Diario, al constituir un libro vinculado a asuntos tributarios, tiene la obligacin de ser legalizado.
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ASESOR EMPRESARIAL
C.P.C. FERNANDO EFFIO PEREDA
48
CAP.
I
Para estos efectos, debe considerarse que la legalizacin debe efectuarse ante un notario o, a falta de stos, ante un juez de paz letrado o juez de paz, cuando corresponda, de la provincia en la que se encuentre ubicado el domicilio fiscal del deudor tributario. Tratndose de las provincias de Lima y Callao, la legalizacin podr ser efectuada por los notarios o jueces de cualquiera de dichas provincias.
j) Plazo mximo de atraso
De acuerdo al Anexo N 2 de la Resolucin de Superintendencia N 234-2006/SUNAT que regula los plazos mximos de atraso, el Libro Diario no puede ser llevado con un atraso mayor a tres (3) meses, contados desde el primer da hbil del mes siguiente de realizadas las operaciones.
5. LIBRO DIARIO FORMATO SIMPLIFICADO
a) Definicin
El Libro Diario es un registro novedoso introducido por la Resolucin de Superintendencia N 234-2006/SUNAT (30.12.2006) a travs del cual se pretende que los contribuyentes simplifiquen el registro de sus operaciones, llevando un solo libro contable.
b) Obligados a llevarlo
El artculo 65 de la Ley del Impuesto a la Renta seala que los perceptores de rentas de tercera categora cuyos ingresos brutos anuales no superen las 150 UIT debern llevar como mnimo un Registro de Ventas, un Registro de Compras y un Libro Diario de Formato Simplificado de acuerdo con las normas sobre la materia, en tanto precisa que los dems perceptores de rentas de tercera categora estn obligados a llevar contabilidad completa.
En ese sentido, podemos afirmar que los contribuyentes del Rgimen General del Impuesto a la Renta, que hayan obtenido en el ejercicio anterior ingresos brutos menores a 150 UIT, debern llevar el Libro Diario Formato Simplificado.
LIBRO O REGISTRO VINCULADO A ASUNTOS TRIBUTARIOS
MXIMO ATRASO
PERMITIDO
ACTO O CIRCUNSTANCIA QUE DETERMINA EL INICIO DEL PLAZO PARA EL MXIMO ATRASO
PERMITIDO
LIBRO DIARIO Tres (3) mesesDesde el primer da hbil del mes siguiente de realizadas las operaciones
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LIBROS Y REGISTROS CONTABLES 2010
LIBROS Y REGISTROS CONTABLES A LLEVAR POR CONTRIBUYENTES DEL RGIMEN GENERAL DEL IR 49
CAP.
I
DATOS DE CABECERA LIBRO DIARIO FORMATO SIMPLIFICADO
Denominacin del libro o registro Libro Diario de Formato Simplificado
Perodo y/o ejercicio al que corresponde la informacin registrada
Enero 2010
Nmero de RUC del deudor tributario, Apellidos y Nombres, Denominacin y/o Razn Social de ste
Inversiones San Juan S.R.L.
OBLIGACIN DE LLEVAR LIBROS Y REGISTROS CONTABLES
RENTAS DE TERCERA CATEGORA
RGIMEN GENERAL
Los perceptores de rentas de tercera categora cuyos ingresos brutos anuales no superen las 150 UIT.
Debern llevar como mnimo:
Un Registro de Ventas,
Un Registro de Compras y
Un Libro Diario de Formato Simplificado
Los dems perceptores de rentas de tercera categora
Debern llevar contabilidad completa
RGIMEN ESPECIAL
Personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas jurdicas
Debern llevar:
Registro de Ventas e Ingresos
Registro de Compras
NUEVO RUSPersonas naturales y sucesiones indivisas, as como personas naturales no profesionales